Una reciente presentación realizada por La Agencia Tributaria ha dejado claro que tienen muy presentes los bienes asociados a la criptografía. La AEAT ha aumentado el control de campos como la rentas en el extranjero, sobre alquileres de inmuebles y las operaciones criptográficas.

La Agencia Tributaria española ha marcado las operaciones con criptomonedas como prioritarias para extremar la atención durante esta campaña. Este es el segundo año que la Agencia Tributaria pone su ojo sobre los contribuyentes que posen criptomonedas, de este modo han decidido aumentar la cantidad de mensajes enviados con respecto al año pasado. En concreto, se han enviado entorno a 66.000 mensajes esto, una notable diferencia con respecto a los 14.700 enviados la campaña del 2018.

Como se debe proceder en caso de tener operar con ciptomonedas en España

En enero de 2020, la Agencia Tributaria publicó una sentencia acerca de como se debe desarrollar el control de tributos durante este año. En esta resolución se ha catalogado a las criptomoneddas como uno de los «desafíos más exigentes para el organismo en la actualidad».

La propia entidad ha reconocido que la reciente entrada de las criptomonedas a un panorama más habitual puede llegar a causar situaciones peligrosas. La principal preocupación es la utilización del origen anónimo y descentralizado de las criptomonedas como la evasión de impuestos, el blanqueo de dinero o el financiamiento del terrorismo.

Es por esto que se han establecido una serie de pautas para los traders de criptomonedas. En primer lugar, ya desde el año 2018, las criptomonedas deben declararse como bienes e informar de su posesión, incluyendo las obtenidas de operaciones fuera de España.

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Por otro lado al igual que cualquier otra inversión debe registrarse como tal. Para ello, cualquier ingreso o perdida proveniente de las criptomonedas debe quedar registrado en la declaración de la renta. Del mismo modo, los poseedores deben de indicar tanto el precio de venta como de compra de las monedas.

La posesión de cualquier criptomoneda debe verse reflejada en la declaración, no unicamente si incluye el Bitcoin como criptomoneda por excelencia. Los usuarios que han adquirido criptomonedas, y no han operado con ellas, estarán exentos de introducir estas dentro de su declaración.

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